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Foro de Investigación 03 - 2021: “Seguro de Desempleo” ¿una protección necesaria en México?


A lo largo de los años, México ha logrado posicionar y estructurar su esquema de seguridad social, logrando incluso la utilización de la UMA para determinaciones fiscales y claro, de contribuciones de seguridad social. Del mismo modo, existen diversas iniciativas que promueven un goce de seguridad económica partiendo desde la seguridad social. Desde 1961, México adoptó el Convenio 102 o Norma Mínima, dicho convenio marca las pautas internacionales en Materia de Seguridad Social, donde hasta el año 2006 participaban 40 países únicamente (Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública Seguridad Social., 2006).


La Norma Mínima cómo faro relativo a la seguridad social sostiene principios fundamentales, dentro de los cuales se busca mantener una protección total a la familia ante contingencias, sobre las cuales el trabajador no esté inmiscuido; por ello, dicho convenio establece Nueve Normas Clásicas, enfocadas a la Asistencia Médica, Prestaciones Monetarias de Enfermedad, Prestaciones de Desempleo, Prestaciones de Vejez, Prestaciones en caso de Accidentes del Trabajo y Enfermedad General, Prestaciones Familiares, Prestaciones de Maternidad, Prestaciones de Invalidez, y Prestaciones de Sobrevivientes; en 2021, México cuenta con la implementación de siete de las nueve Normas Clásicas, faltando la aplicación de prestaciones de desempleo y prestaciones familiares (Castellanos, Ó., 2021).

Ante la actual situación pandémica, las medidas económicas han sido severamente cuestionadas por la mayoría de la población, dando pie al surgimiento de teorías sobre la aplicación de un “Seguro de Desempleo”, con el fin de promover la movilidad económica de las familias, aún con situaciones que imposibiliten su actividad laboral. Según Jürgen Weller, en un documento emitido por la CEPAL, considera que “el seguro de desempleo es un instrumento colectivo que debe proteger al trabajador frente al riesgo de la reducción de su poder adquisitivo por causa de la pérdida de su puesto de trabajo” (s. f., p.-4).


En México existió una iniciativa en 2013 para crear la Ley de Seguro de Desempleo, por parte del ejecutivo que encabezaba en ese año, no obstante, la iniciativa no tuvo lugar y pasó a formar parte de un intento para su implementación. Sin embargo, en 2021 la Ley del Seguro Social contempla en su artículo 191 el retiro parcial por situación de desempleo, ayuda que puede ser confundida con un seguro de desempleo; la forma de diferenciación de ambas ayudas converge en el tiempo de obtención, ya que el seguro de desempleo es una cantidad monetaria que provee el sector gubernamental con el fin de mantener estabilidad económica de los hogares, mientras que el retiro parcial, según el artículo 191 consiste en “retirar parcialmente por situación de desempleo los recursos de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, a partir del cuadragésimo sexto día natural contado desde el día en que quedó desempleado…” (Cámara de Diputados del Heroico Congreso de la Unión., 2020) lo que no solo no termina de ayudar a la persona desempleada, si no que, por la acción de retiro, reduce sus recursos de la cuenta individual y en proporción las semanas cotizadas, lo cual significa también un proceso desfavorable (Castellanos, Ó., 2021).


La aplicación de un seguro de desempleo, ampliamente regulado, operado y particular dentro del esquema de seguridad social, resultaría en un escenario favorable, en comparación con el existente por la cantidad de personas que realizó un retiro parcial por desempleo en el periodo de marzo a junio de 2020, las cuales al realizar el proceso contribuyeron al resultado de 6,025.3 millones de pesos retirados, representando, según la CONSAR un aumento del 62.10% con respecto al mismo periodo en 2019 (Marcos, 2020).


Con el contexto presentado te invitamos a investigar y a realizar un análisis; puedes tomar las siguientes preguntas como base de tu investigación:

  • ¿Por qué es importante un seguro de desempleo?

  • En caso de la implementación del seguro de desempleo ¿Sería necesario erradicar el proceso del retiro parcial de ayuda por desempleo?

  • ¿Qué programas de asistencialismo podrían suplir al seguro de desempleo?

  • ¿Cómo podría ser la base operacional en México para la implementación adecuada del seguro de desempleo?

  • ¿Qué implicaciones patronales habría en el seguro de desempleo?

  • ¿Qué implicaciones gubernamentales habría en el seguro de desempleo?

  • ¿Qué países latinoamericanos cuentan con un seguro de desempleo? y ¿Por qué México no ha aplicado esta Norma Clásica del Convenio 102?


Referencias

C102 - Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102). (1952).


Weller, J. (s. f.). Sistemas de protección frente al desempleo: las experiencias de países


Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública Seguridad Social. (2006). Seguridad

Social - Contexto internacional. Archivos Diputados del Gobierno de México. http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Eje_tematico/9_ss ocial.htm


Cámara de Diputados del Heroico Congreso de la Unión. (2020) Ley del Seguro Social.





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